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Régimen de admisión temporaria de contenedores de matrícula extranjera.

Mediante la Resolución General 5719/25 publicada en el Boletín Oficial del día 07/07/25, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció, modificar el estadío de inicio del cómputo del plazo de admisión temporal de contenedores de matrícula extranjera (480 días) previamente establecido por la RG ANA 869/93, en virtud de lo cual, el mismo ya no se computa desde el arribo del buque a puerto, sino desde el libramiento del contenedor a zona secundaria aduanera.

La medida, fue impartida por la Autoridad Aduanera como consecuencia de las solicitudes efectuadas durante los últimos años por el Centro de Navegación, en conjunto con el Instituto Argentino de Estudios Aduaneros (Informativo Nº 21/23) y por última vez, tratado en el marco de las reuniones del Espacio de Diálogo Institucional convocadas por la Dirección General de Aduanas, celebradas en los meses de abril y junio de 2025.

La medida impartida por la Autoridad, que materializa el resultado del diálogo público-privado, fue impulsada desde este Centro, en el convencimiento que la misma aportará mayor competitividad a la industria marítimo-portuaria y del comercio exterior argentino, permitiendo una mayor extensión de tiempo a los efectos de cumplir con el reposicionamiento de los contenedores, propiciando un escenario de mayor flexibilidad y cumplimiento del régimen aduanero aplicable.

Conocé acá la norma referida, como también de la nota con dictamen legal oportunamente elevada por el CNAV a la DGA.

Desde el Centro de Navegación enviamos una nota, dirigida al Sr. Presidente del Instituto Argentino de Estudios Aduaneros, Dr. Mateo MC CORMACK, en referencia al Régimen de Admisión Temporaria de Contenedores de Matrícula Extranjera.

Por último, se envió una nota, dirigida al Sr. Director General de Aduanas, José Andrés VELIS, con copia al Sr. Subdirector General de Técnico Legal Aduanera, Dr. Marcelo Fabián MIGNONE y la Sra. Directora de Técnica de la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera, Lic. María Alejandra CABRAL, en referencia a la Resolución General ARCA Nº 5719/25, con motivo de agradecer y felicitar a las autoridades de la Dirección General de Aduanas por la medida adoptada.